Artículo 1. El Concurso Lasallista de Investigación, Desarrollo e innovación tiene por objetivo estimular, orientar y difundir la investigación, el desarrollo de la ciencia y la tecnología en la comunidad, y reconocer a los alumnos de preparatoria, licenciatura y posgrado cuyos trabajos de investigación, desarrollo e innovación se distinguen por su calidad académica.
Las actividades desarrolladas en el marco del Concurso deberán observar en todo momento los principios y disposiciones establecidos en el Código de Ética para la Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+i) vigente en la Universidad La Salle.
Artículo 2. El concurso se llevará a cabo en tres Etapas:
I. Inscripción de proyectos. Para completar la inscripción, se deberá enviar el resumen en extenso, así como la ficha de pago de la cuota de inscripción y la carta de consentimiento.
II. Evaluación de proyectos y envío de materiales finales. Una vez que el Comité Organizador (CO) publique la lista de proyectos finalistas que cumplan con todos los lineamientos de la convocatoria, estos se enviarán al Comité Técnico de Evaluación (CTE). Después de su evaluación, se remitirán a los autores las observaciones y/o correcciones de sus proyectos, las cuales tendrán que incorporar para enviar la versión final de los materiales.
III. Presentación final. Se presentarán ante la comunidad lasallista todos los proyectos que resulten finalistas y cuyos autores hayan enviado sus materiales finales.
Artículo 3. Podrán participar estudiantes de Preparatoria, Licenciatura y Posgrado inscritos en una Universidad Lasallista, ya sea nacional o internacional, o estudiantes que egresaron de alguna de estas instituciones hasta un año antes del cierre de la convocatoria, bajo los siguientes criterios:
I. Los estudiantes deberán registrar en el CLIDi trabajos realizados durante el transcurso delaño presente o del año inmediato anterior al cierre de la convocatoria vigente.
II. Debido a la relevancia de eventos similares realizados periódicamente por facultades, escuelas o dependencias, éstos podrán ser considerados, en su ámbito interno, como una fase previa con el objetivo de seleccionar los mejores trabajos que participarán en el CLIDi de acuerdo con los criterios que establezcan los Comités Organizadores de cada evento.
III. Podrá fungir como asesor cualquier colaborador de alguna Universidad Lasallista perteneciente a la comunidad docente de investigación o administrativa.
IV. Sólo se podrá contar con la participación de hasta dos asesores por proyecto.
Artículo 4. Los concursantes solo podrán registrar trabajos que, para el caso de proyectos desarrollados dentro de la República Mexicana, atiendan una Problemática Prioritaria definida para esta convocatoria del CLIDi y/o que estén orientados hacia al menos una de las metas de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030. Para proyectos desarrollados fuera de la República Mexicana, se aceptarán aquellos que atiendan alguna de las metas definidas para cualquiera de los ODS.
Artículo 5. Los concursantes podrán participar con sus proyectos en alguna de las siguientes Áreas del Conocimiento, según el enfoque predominante del proyecto para la solución de la Problemática Prioritaria y/o de la meta de alguno de los ODS atendida:
I. Desarrollo Humano y Social
II. Diseño y Tecnología
III. Educación
IV. Salud
Artículo 6. Los niveles de participación se clasificarán dependiendo del grado actual de estudios de los concursantes. Para grupos multi y transdisciplinarios, se debe precisar el nivel más alto de los miembros estudiantes del grupo de trabajo:
I. Junior. Preparatoria y el primer año de Licenciatura.
II. Universitario: A partir del segundo año de Licenciatura (tercer semestre) y hasta la conclusión de la misma.
III. Posgrado: Especialidad, Maestría y Doctorado.
El CO se reserva el derecho de ajustar el nivel de participación de cualquier grupo cuando no corresponda con el nivel académico de sus integrantes, conforme a lo estipulado en este artículo. Las decisiones del CO son definitivas y se comunicarán claramente a los grupos implicados para mantener la transparencia del proceso.
Artículo 7. Los concursantes podrán registrar trabajos en alguna de las siguientes Modalidades:
I. Proyecto de Investigación: Trabajo en donde se realizaron actividades de investigación científica y humanística orientadas a atender una de las Problemáticas Prioritarias y las oportunidades de desarrollo derivadas de esta.
II. Proyecto de Aplicación. Trabajo en donde se realizaron actividades cuyas contribuciones involucren el uso sistemático del conocimiento o el entendimiento para la solución de una Problemática Prioritaria, usando estrategias creativas y sostenibles que den como resultado la
integración de la comunidad o el desarrollo de nuevos productos tecnológicos.
III. Proyecto de Emprendimiento. Trabajo en donde el objetivo final consistió en proponer un modelo de negocio y en el que el plan de acción está dirigido al desarrollo de un producto o servicio que atienda por lo menos una de las Problemáticas Prioritarias y oportunidades de
progreso, priorizando el beneficio social a los fines de lucro.
Artículo 8. Con base en el Área, Nivel y Modalidad se podrán declarar abiertas hasta un máximo de 36 categorías.
Artículo 9. Para que una categoría se declare abierta deberán estar registrados un mínimo de tres trabajos, en caso contrario, se considerará desierta.
Artículo 10. El CO se reserva el derecho de reubicar los trabajos de una categoría desierta a otra que sí se haya abierto.
Artículo 11. El Comité Organizador (CO) está conformado por el titular de la Coordinación de Investigación, la Jefatura de Innovación y Transferencia, y la Jefatura de Gestión y Evaluación de Proyectos de la Vicerrectoría de Investigación, así como por un líder de al menos un Grupo de Investigación, Desarrollo e Innovación (GI+D+i), o un colaborador con actividades de investigación representante de cada escuela o facultad de la Universidad La Salle México.
Artículo 12. El CO tendrá la facultad de establecer las comisiones que requiera para el desarrollo del concurso.
Artículo 13. Las funciones del CO son:
I. Organizar, promover y coordinar año con año el CLIDi.
II. Emitir la convocatoria del CLIDi con al menos dos meses de anticipación a su realización.
III. Respetar y hacer que se respeten las fechas, los plazos y los requisitos que aparezcan en la convocatoria y en el presente Reglamento.
IV. Cumplir y exigir el cumplimiento del presente Reglamento.
Artículo 14. El CO es el órgano superior en materia organizativa y administrativa que está facultado para resolver todas las situaciones no previstas en este reglamento.
Artículo 15. Cada proyecto puede registrarse con hasta siete integrantes. Adicionalmente, se permite incluir un máximo de dos asesores. Los asesores pueden también ser registrados como autores, con previo consentimiento del grupo de trabajo y habiendo sido justificada su contribución al proyecto.
En situaciones excepcionales, los equipos pueden exceder el límite de siete integrantes si presentan una carta de justificación al CO. Esta carta debe detallar las razones por las que es necesaria una mayor cantidad de participantes, debido a la complejidad y las demandas específicas del proyecto. La aprobación de integrantes adicionales está sujeta a la revisión y aceptación del CO.
Artículo 16. Cada participante será responsable del contenido del documento que soporta el trabajo registrado.
Artículo 17. Será responsabilidad de los concursantes contar con las licencias y permisos necesarios para utilizar software especializado en el desarrollo de su trabajo.
Artículo 18. En caso de utilizar información confidencial de una institución o utilizarla como caso de estudio, y que sea presentada en el documento, se deberá contar con una carta de consentimiento por parte de la institución.
Artículo 19. Todos los trabajos deberán ser asesorados por académicos, preferentemente de instituciones lasallistas. El nombre del asesor debe registrarse en todos los materiales.
Artículo 20. El asesor podrá aparecer como coautor del proyecto cuando exista una contribución académica sustantiva debidamente justificada, conforme a lo previsto en el artículo 15 del presente reglamento y previo acuerdo con los integrantes del equipo.
Artículo 21. Cada trabajo deberá registrarse mediante la plataforma de registro del CLIDi.
Artículo 22. Cada trabajo podrá participar en una sola Área, Nivel y Modalidad.
Artículo 23. Una vez registrado el trabajo, no se podrá realizar ninguna modificación. En caso de volver a enviar el trabajo, éste será descartado para concursar.
Artículo 24. En la etapa de registro, se deberá enviar el resumen en extenso, así como una copia del comprobante de pago y la carta de consentimiento de todos los autores para la publicación y divulgación del proyecto.
Artículo 25. La aceptación del reglamento por los concursantes se realizará en el momento en que se registren en la plataforma OJS para enviar su trabajo, lo que implica el registro de su nombre y correo electrónico. Esto deberá realizarse por todos los integrantes de cada trabajo.
Artículo 26. El proyecto completo, que consiste en el resumen en extenso, deberá cumplir con las especificaciones establecidas para cada edición del concurso; de lo contrario, el trabajo no será admitido en la etapa de evaluación.
Artículo 27. Todos los proyectos deberán ser originales. El CO realizará un análisis de similitud como herramienta para identificar posibles usos inadecuados de material ajeno. La falta de citación de fuentes, la reproducción sustancial de contenidos sin atribución adecuada, o
cualquier otra forma de plagio o uso indebido de material protegido podrá dar lugar a la descalificación del proyecto de la etapa correspondiente o a la exclusión del proceso de publicación, con independencia de la extensión o proporción que dichas coincidencias representen dentro del documento.
Artículo 28. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, la participación de un proyecto en alguna de las etapas del CLIDi no genera, por sí misma, derecho alguno a su publicación. Los trabajos que aspiren a ser incluidos en las memorias del CLIDi deberán cumplir con los criterios editoriales y de integridad académica establecidos por el CO. El incumplimiento de dichos criterios será causa suficiente para la no publicación del trabajo, aun cuando haya sido evaluado favorablemente o presentado en alguna de las etapas del concurso, previa revisión editorial a cargo del propio Comité Organizador.
Artículo 29. El CO verificará que los trabajos cumplan con lo establecido para ser finalistas: el envío del resumen en extenso, así como que atiendan una Problemática Prioritaria definida para la Convocatoria CLIDi y/o que se encuentren orientados hacia al menos una de las metas de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030, conforme a lo dispuesto en el artículo 4 del presente reglamento.
Artículo 30. El CO publicará en la página web oficial del concurso los trabajos finalistas, los cuales serán enviados al CTE.
Artículo 31. El Comité Organizador (CO) formará un Comité Técnico de Evaluación (CTE) de acuerdo con las necesidades del área en la que las propuestas se inscribieron. El CTE tendrá como función evaluar los trabajos enviados por los participantes, con énfasis en sus aspectos metodológicos, la coherencia del planteamiento, el rigor científico-humanístico y su alineación con los criterios establecidos en este
reglamento.
El CTE actuará en dos momentos del proceso:
I. Evaluación de los trabajos escritos; y
II. Evaluación de la presentación final (cartel científico o presentación en formato PowerPoint).
Para la etapa de presentación final, el CO designará, de entre los integrantes del CTE, a los evaluadores responsables de calificar la exposición en cada categoría abierta.
Artículo 32. El CTE realizará la evaluación de los trabajos escritos conforme a los criterios establecidos para cada categoría abierta, asegurando objetividad, imparcialidad y consistencia metodológica en los dictámenes emitidos.
Artículo 33. Cada trabajo escrito será evaluado, como regla general, por dos integrantes del CTE, quienes emitirán dictámenes técnicos fundamentados. Los dictámenes tendrán como finalidad principal fortalecer la calidad metodológica y académica de los proyectos y orientar su mejora para las etapas subsecuentes.
Los dictámenes emitidos respecto de los trabajos escritos tendrán efectos para la continuidad del proyecto únicamente en los supuestos previstos en el artículo 34. Asimismo, la calificación obtenida en esta etapa formará parte de la evaluación acumulativa que servirá de base para la determinación de los ganadores, conforme a lo dispuesto en el artículo 35 del presente reglamento.
Artículo 34. En caso de que alguno de los dictámenes identifique fallas metodológicas graves que comprometan la viabilidad académica del proyecto o recomiende expresamente no continuar con el trabajo en el concurso, el Comité Organizador podrá solicitar un tercer dictamen al Comité Técnico de Evaluación.
La continuidad del proyecto únicamente podrá verse impedida cuando existan al menos dos dictámenes técnicos negativos coincidentes que acrediten la existencia de fallas metodológicas graves que imposibiliten su corrección razonable dentro de las etapas del concurso.
Fuera de este supuesto excepcional, todos los proyectos podrán continuar en el proceso, incorporando las observaciones formuladas por el CTE. No procederán revisiones extraordinarias cuando exista coincidencia en dos dictámenes negativos.
Artículo 35.Criterios de Evaluación para Trabajos Finalistas. La evaluación de los trabajos finalistas tendrá por objeto determinar el mérito académico y la contribución social de cada proyecto, conforme a los criterios previstos en el presente artículo. Para tal efecto, se considerarán como ejes rectores la calidad científico-humanística y el impacto social de la propuesta. Los criterios de evaluación deberán
evidenciarse claramente en los materiales presentados, observándose en todo momento el principio de objetividad. La confidencialidad de las ponderaciones se mantendrá para preservar la integridad del proceso evaluativo.
Sección A. Proyecto de Investigación
1. Calidad Científico-Humanística:
a) El título del proyecto deberá ser conciso y encapsular el propósito y alcance del proyecto, respondiendo a las interrogantes: ¿Cuál es el propósito de la propuesta? ¿Quiénes se benefician o en qué lugar tiene impacto?
b) El resumen deberá ofrecer una visión clara y precisa de la problemática tratada, los objetivos perseguidos y los resultados alcanzados, manteniendo una narrativa que permita entender el proyecto en su totalidad sin necesidad de acceder a documentos adicionales.
c) Deberá destacarse la relevancia de la Problemática Prioritaria atendida y/o la alineación del proyecto con al menos una de las metas de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), conforme a lo previsto en el artículo 4 del presente reglamento. En su caso, se describirá la
situación actual, se justificará su importancia y se detallarán las soluciones propuestas.
d) Cuando el proyecto atienda simultáneamente una Problemática Prioritaria y metas de los ODS, se valorará positivamente la coherencia e integración entre ambos enfoques.
2. Impacto Social:
a) El proyecto debe demostrar un beneficio para la comunidad o sector específico, con resultados que puedan observarse a corto o mediano plazo.
b) El proyecto tuvo o tendrá la posibilidad de efectuar cambios positivos en la comunidad.
c) El proyecto tuvo o tendrá impactos tecnológicos, institucionales, económicos, políticos, socioculturales y/o ambientales, y si tuvo o tendrá la capacidad de hacer permanentes los impactos positivos.
d) También se evaluará si el proyecto tiene la posibilidad de adaptarse a potenciales contingencias, garantizando el cumplimiento de normativas éticas y legales.
Sección B. Proyecto de Aplicación
a) Los criterios de calidad científico-humanística e impacto social son los especificados en la Sección A, adaptados al contexto del proyecto de aplicación.
b) Estrategia de implementación y escalabilidad:
Deberá articularse una estrategia detallada para la implementación que describa los pasos, recursos y tiempos necesarios para alcanzar y maximizar el impacto deseado.
La innovación del proyecto debe ser evidente y tener una clara propuesta de valor que resuelva la problemática de manera eficaz.
Sección C. Proyecto de Emprendimiento1. Calidad Científico-Humanística:
a) El nombre del proyecto debe ser claro y comunicar efectivamente los objetivos y el impacto del proyecto.
b) El resumen debe condensar la esencia del proyecto, resaltando la problemática, los objetivos, los resultados esperados y las conclusiones principales de manera precisa y accesible.
c) La propuesta debe presentar el diagrama Business Canvas de manera clara y mencionar todos sus elementos de forma que sea evidente cómo se planteó el modelo de negocio para abordar la problemática determinada.
2. Impacto Social:
a) El proyecto debe demostrar un beneficio para la comunidad o sector específico, con resultados que puedan observarse a corto o mediano plazo.
b) El proyecto tuvo o tendrá la posibilidad de efectuar cambios positivos en la comunidad.
c) El proyecto tuvo o tendrá impactos tecnológicos, institucionales, económicos, políticos, socioculturales y/o ambientales; y si tuvo o tendrá la capacidad de hacer permanentes los impactos positivos.
d) También se evaluará si el proyecto tiene la posibilidad de adaptarse a potenciales contingencias, garantizando el cumplimiento de normativas éticas y legales
Artículo 36. Los ganadores del CLIDi se determinarán con base en la evaluación acumulativa obtenida en los dos momentos previstos en el artículo 31 del presente reglamento, conforme a los criterios establecidos en este ordenamiento y en la convocatoria correspondiente.
Artículo 37. Una vez que hayan sido evaluados por el CTE, los proyectos finalistas deben enviar en tiempo y forma una nueva versión de sus materiales, incluyendo los nombres de los autores y los agradecimientos a las personas o instituciones que hicieron posible el proyecto. Además, en caso de que el CTE haya hecho alguna recomendación o solicitado una modificación para la mejora del trabajo, éstas deberán incluirse.
Artículo 38. Se hará la difusión y divulgación de los proyectos que hayan cumplido con todo lo mencionado en este reglamento.
Artículo 39. La presentación de los proyectos finalistas se llevará a cabo durante la clausura del evento, siguiendo las normativas y recomendaciones universitarias vigentes, así como el Reglamento de Alumnos de las Universidades integrantes del Sistema Educativo de las Universidades La Salle (SEULSA).
Artículo 40. La presentación final del proyecto se realizará a través de una de las siguientes modalidades: cartel científico o presentación en formato PowerPoint.
La evaluación correspondiente a esta etapa será realizada por dos integrantes del CTE designados por el CO para cada categoría abierta y se sujetará a los criterios siguientes:
I. Estructura de la presentación (fondo y forma): Se evaluarán las características generales de la exposición, incluyendo claridad y organización, dominio del tema, manejo del tiempo, calidad visual de los materiales, tono de voz y capacidad de comunicación.
II. Contenido: Se valorará que la presentación —ya sea en formato de cartel o PowerPoint— incluya los apartados esenciales del proyecto, tales como introducción, metodología, resultados, discusión y/o conclusiones y referencias bibliográficas, así como la adecuada descripción del problema y el uso pertinente de imágenes, figuras, tablas o gráficas.
III. Grado de significancia: Se evaluará la complejidad, originalidad e impacto de la investigación, así como la calidad de las respuestas e interacciones sostenidas por los autores durante la sesión de preguntas y respuestas.
Artículo 41. Los proyectos deberán ser presentados exclusivamente por estudiantes y nunca por los asesores.
Artículo 42. Son obligaciones de los concursantes:
I. Presentar su proyecto durante la etapa final del concurso, conforme a las reglas y tiempos establecidos en la convocatoria y en el presente reglamento.
II. La inasistencia o la falta de presentación del proyecto en la etapa final implicará la descalificación automática del concurso. En tal caso, el equipo no recibirá constancia de participación ni su trabajo será incluido en las memorias del concurso.
III. El concursante será responsable del resguardo y manejo de su material de exposición; el CO no se hará responsable por cualquier pérdida o daño de estos.
Artículo 43. El fallo del CTE para la elección de los proyectos ganadores es inapelable
Artículo 44. Los asesores de los trabajos presentados en el concurso recibirán una constancia por su colaboración y aportaciones en el proyecto.
Artículo 45. Los premios para los estudiantes ganadores de cada categoría serán los siguientes:
I. Primer lugar: Los estudiantes ganadores de cada categoría recibirán como premio individual una Medalla “Hno. Salvador González” y una constancia. Además, cada equipo ganador recibirá un apoyo económico de hasta $7,000.00 otorgado por la Vicerrectoría de Investigación.
Este apoyo económico debe utilizarse exclusivamente para uno de los siguientes fines:
a) cubrir los costos de asistencia a eventos nacionales o internacionales de reconocido prestigio,
b) costear la publicación del trabajo en una revista científica indexada en bases de datos reconocidas como Redalyc, Scopus o Web of Science;
c) adquirir insumos necesarios para el desarrollo del proyecto.
El apoyo económico no puede utilizarse para eventos o publicaciones en revistas consideradas predadoras. 1
II. Segundo y tercer lugar: Cada integrante del trabajo recibirá una constancia.
Artículo 46. Las constancias serán entregadas por las autoridades de la Universidad La Salle México durante la ceremonia de clausura del evento.
Artículo 47. Se premiarán con un kit tecnológico los trabajos que hayan obtenido la mejor puntuación conforme a la evaluación prevista en el artículo 35 del presente reglamento. Este reconocimiento se otorgará considerando los dos bloques de áreas: el primer bloque conformado
por las áreas de Desarrollo Humano y Social y Educación; y el segundo bloque por las áreas de Diseño y Tecnología y Salud.
Artículo 48. Todos los aspectos no previstos en el presente reglamento o en la convocatoria correspondiente, serán resueltos por el Comité Organizador.